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Una sentencia de la AP de Albacete condena a un banco a devolver las cantidades entregadas por los compradores al promotor de una promoción fantasma

VPPSI 09/07/2013

La importancia de esta sentencia es por la condena, no solo a la promotora incumplidora en la no entrega de las viviendas a los adjudicatarios compradores, sino que también, y esto es lo novedoso condena a la Caja de Ahorros del Mediterraneo, Banco CAM S.L.U., a indemnizar a los adjudicatarios con la devolución de todas las cantidades entregadas a cuenta de sus viviendas y por supuesto previa resolución judicial de los contratos de compraventa incumplidos.

Es la primera sentencia en la que una entidad financiera es condenada por no avalar las cantidades a cuenta según marca la ley 57/68.

Esta resolución judicial abre el camino hasta ahora incierto para la reclamación de muchos cooperativistas y adjudicatarios de viviendas que estaban en precario por la actuación perversa tanto de los promotores y gestores de viviendas, como de las entidades financieras envueltas en alguna estafa inmobiliaria y en incumplimientos de los compromisos de construcción y entrega de las viviendas mediando cantidades entregadas a cuenta.

Angel Mª de Sancha Bech.

 

Aquí os enviamos un enlace a la sentencia:

http://www.poderjudicial.es/search/doAction?action=contentpdf&databasematch=AN&reference=6739306&links=&optimize=20130610&publicinterface=true