Cláusula suelo

 

¿En qué consiste la cláusula suelo?

Es una cláusula que el banco puede incluir en la hipoteca a la hora de su firma y que establece el tipo de interés mínimo que el cliente pagará aunque el Euribor, referencia para la mayoría de las hipotecas españolas, esté por debajo. Imaginemos que el Euribor ha caído al 0,50%, y la cláusula suelo está en el 3,12%. Por lo tanto, una hipoteca con ese límite sigue pagando ese tipo a pesar de que el Euribor está en su nivel más bajo. Es decir, no permite al deudor beneficiarse de la bajada de ese índice.

En caso de que el Euribor iniciase una senda alcista, el tipo de interés que el hipotecado debe abonar a su entidad financiera también se incrementa. Ahora bien, los préstamos hipotecarios también pueden incluir una cláusula techo, que al contrario que la suelo, fija el interés máximo y evita que el deudor tenga que pagar un fuerte interés si el Euribor se dispara.

¿Pueden los bancos seguir incluyéndolas en las hipotecas?

La falta de transparencia es motivo suficiente para anular la cláusula suelo de su hipoteca. Esta puede ser valorada tanto en los momentos anteriores de la firma de la escritura (cuando la entidad bancaria debería informar correctamente del contrato que se va a formalizar) como en el redactado de la misma (esto quiere decir que la redacción de la cláusula se entiende y no conlleve a error).

El Alto Tribunal no declara en ningún caso ilegal la cláusula suelo, sino que puede anularla aunque exista una oferta vinculante, aunque exista equilibrio entre la cláusula techo y la suelo, y aunque el notario leyera la escritura en el acto de la firma.(LEER MAS)

¿Cómo sé si mi hipoteca tiene suelo?

La aplicación de la cláusula aparece en la escritura del préstamo hipotecario. Se suele identificar bajo epígrafes con títulos como “límites a la aplicación del interés variable”, “límite de la variabilidad” o “tipo de interés variable”. Son cinco o seis líneas en las que se establece que el interés nunca podrá ser inferior, en el caso del suelo, o superior, en el caso del techo, a un porcentaje determinado.

No se tiene que confundir la escritura del préstamo hipotecario con la de la vivienda. Y es que en muchos casos no se dispone del primero. Para hacerse con él se tiene que solicitar a través de un notario. El precio del documento oscila dependiendo del número de páginas que contenga.

¿Cómo eliminar la cláusula suelo?

1º. Lo primero que hay que hacer es comunicarlo a tu entidad financiera, de forma fehaciente. VPPSI te recomienda, te sellen el escrito en la oficina o que lo comuniques por e-mail al Director de tu entidad financiera.

2º. En el caso, que no haya respuesta o esta sea negativa, el siguiente paso es presentar una reclamación al Servicio de Atención al Cliente del Banco (SAC) de la entidad financiera.

**Es importante que en estos dos casos, reflejes la falta de transparencia con la que la entidad financiera te está cobrando el suelo de tu hipoteca. Es muy importante que reviséis si firmasteis la oferta vinculante. Para ello deberéis solicitar toda la documentación del expediente. La respuesta del SAC tardará entre 1 o 2 meses.**

3º. Si no existe oferta vinculante es bastante posible que os den la razón. En caso contrario, el siguiente paso es reclamar al Banco de España (BDE) mediante un escrito.

4º. Si la respuesta sigue siendo negativa, habrá que emprender acciones judiciales. Esta es la fase más costosa, dado que necesita la obligatoria presencia de abogado y procurador, pero mediante esta vía se están eliminando casi el 100% de las cláusulas suelos que se demandan.

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Setencias favorables a la nulidad de cláusula suelo

 

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