Consultoría
Ley de Tasas Judiciales
Desde el 22 de noviembre de 2012 las personas físicas y jurídicas que quieran acceder a los Tribunales de Justicia tendrán que abonar previamente una tasa según la nueva Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses y su posterior desarrollo mediante la Orden HAP/2662/2012, de 13 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 696 de autoliquidación, y el modelo 695 de solicitud de devolución por solución extrajudicial del litigio y por acumulación de procesos, de la tasa por el ejercicio de la potestad jurisdiccional en los órdenes civil, contencioso-administrativo y social y se determinan el lugar, forma, plazos y los procedimientos de presentación.
Desde VIVIENDAPROTEGIDASI vamos a analizar la Ley de Tasas y orientaros al respecto sobre a qué órdenes jurisdiccionales afecta (Civil, Administrativo etc…), quién tiene que abonarlas (sujetos pasivos), cuál es su hecho imponible (la acción que la produce), su cuota (su cantidad) y sobre todo CÓMO EVITAR PAGARLAS (exenciones de la tasa y lagunas de la Ley).
Antonio Moraleda Blanco. Procurador de los Tribunales y colaborador de VPPSI
Anexos:
- Legislación:
- Ley 10/2012, de 20 de noviembre
- Real Decreto-ley 3/2013, de 22 de febrero, por el que se modifica el régimen de las tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y el sistema de asistencia jurídica gratuita.
- Corrección de errores del Real Decreto-ley 3/2013, de 22 de febrero, por el que se modifica el régimen de las tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y el sistema de asistencia jurídica gratuita..
- Orden HAP/2662/2012, de 13 de diciembre
- Orden HAP/490/2013, de 27 de marzo, por la que se modifica la Orden HAP/2662/2012, de diciembre, por la que se aprueba el modelo 696 de autoliquidación, y el modelo 695 de solicitud de devolución, de la tasa por el ejercicio de la potestad jurisdiccional en los órdenes civil, contenciosoadministrativo y social y se determinan el lugar, forma, plazos y los procedimientos de presentación.
- Acuerdo no jurisdiccional de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo de 05/06/2013
- Real Decreto-ley 1/2015, de 27 de febrero, de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de carga financiera, y otras medidas de orden social (Supresión de las Tasas Judiciales para las personas físicas)
- Consideraciones en torno a la Nueva Ley de Tasas:
- ¿Es constitucional la Nueva Ley de Tasas?
- Guía Práctica de aplicación de Tasas Judiciales (Col. Secretarios Judiciales)
- Cómo evitar el pago de las Nuevas Tasas Judiciales
- Formulario sobre renuncia por cuantía elevada de la tasa
- Sentencia TC 2042/2012 - Inaplicabilidad de la Tasa a los Autos Judiciales
- Consideraciones en torno a la Justicia Gratuita:
- Ley 1/1996, de 10 de enero, de asistencia jurídica gratuita
- ¿Quién puede acogerse a la justicia gratuita? Requisitos
- Modelo de solicitud de Justicia Gratuita (Comunidad de Madrid)